Programa de Rehabilitación Energética de Edificios en municipios de reto demográfico.
https://www.youtube.com/watch?v=2Rz3y4PrV0w
Hasta 31 de Julio de 2024
En todas las actuaciones objeto de ayuda se tendrá que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30 % con respecto a la situación de partida, lo que se justificará mediante el certificado de eficiencia energética del edificio, vivienda o local existente en su estado actual y el certificado de eficiencia energética del mismo alcanzado tras la reforma.
Adicionalmente, las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio, vivienda o local en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2 /m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
La mejora de la calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.
La certificación energética del edificio, vivienda o local, se realizará de acuerdo con la normativa que regule el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, mediante la utilización de alguno de los programas informáticos oficiales reconocidos.
Acebeda, La, Ajalvir,Alameda del Valle,Aldea del Fresno,Ambite,Anchuelo,Atazar, El,Batres,Belmonte de Tajo,Berrueco, El,Berzosa del Lozoya,Boalo, El,Braojos,Brea de Tajo,Buitrago del Lozoya,Bustarviejo,Cabanillas de la Sierra,Cabrera, La,Cadalso de los Vidrios,Canencia,Carabaña,Casarrubuelos,Cenicientos,Cervera de Buitrago,Chapinería,Chinchón,Colmenar del Arroyo,Corpa,Cubas de la Sagra,Estremera,Fresnedillas de la Oliva,Fresno de Torote,Fuentidueña de Tajo,Garganta de los Montes,Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago,Gascones,Hiruela, La,Horcajo de la Sierra-Aoslos,Horcajuelo de la Sierra,Lozoya,Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias,Madarcos, Molinos, Los, Montejo de la Sierra ,Navacerrada ,Navalafuente ,Navalagamella, Navarredonda y San Mamés, Navas del Rey, Olmeda de las Fuentes ,Orusco de Tajuña, Patones, Pelayos de la Presa, Perales de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pinilla del Valle, Piñuécar-Gandullas, Pozuelo del Rey, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Puentes Viejas, Quijorna, Rascafría, Redueña, Ribatejada, Robledillo de la Jara, Robledo de Chavela, Robregordo, Rozas de Puerto Real, Santa María de la Alameda, Santorcaz, Santos de la Humosa, Los, Serna del Monte, La, Serranillos del Valle, Somosierra, Talamanca de Jarama, Tielmes, Titulcia, Torrejón de Velasco, Torrelaguna, Torremocha de Jarama, Valdaracete, Valdeavero, Valdelaguna, Valdemanco, Valdemaqueda, Valdeolmos-Alalpardo, Valdepiélagos, Valdetorres de Jarama, Valdilecha, Valverde de Alcalá, Vellón, El, Venturada, Villaconejos, Villalbilla, Villamanrique de Tajo, Villamanta, Villamantilla, Villanueva de Perales, Villar del Olmo
Villavieja del Lozoya, Zarzalejo
Puedes financiar la realización de proyectos que impulsen la sostenibilidad de la edificación en los municipios de reto demográfico en España. de la Comunidad de Madrid.
Entre las acciones que se pueden financiar, se encuentran desde:
Las exigencias mínimas de eficiencia energética que debe cumplir la instalación térmica que se renueve, son las que figuran en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE) vigente.
Todos los valores de rendimientos (SEER, SCOP, etc.) utilizados por el técnico competente en la elaboración del certificado de eficiencia del edificio que no sean «por defecto», deberán estar justificados de la forma siguiente: si el valor seleccionado es «estimado» o «conocido», deberá aportar el marcado CE o Ficha técnica o etiqueta energética o Certificado EUROVENT o similar, en todo caso, se deberá aportar el documento donde figuren los valores utilizados en el certificado
Serán actuaciones subvencionables las que se realicen en la envolvente térmica del edificio que se compone de los cerramientos del edificio que separan los recintos habitables del ambiente exterior (aire, terreno u otro edificio) y las particiones interiores que separan los recintos habitables de los no habitables, que a su vez estén en contacto con el ambiente exterior.
Las actuaciones energéticas consideradas dentro de esta medida serán aquellas que consigan una reducción de la demanda energética de calefacción y climatización del edificio, mediante actuaciones sobre su envolvente térmica. Las actuaciones energéticas sobre la envolvente térmica podrán contemplar soluciones constructivas convencionales y no convencionales.
Se considerarán también costes elegibles, las instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo esta actuación, como andamiajes o grúas.
Se consideran actuaciones subvencionables las realizadas en instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y producción de agua caliente sanitaria así como la climatización de las piscinas.
Las actuaciones energéticas subvencionables serán, entre otras, las siguientes:
No se considerará coste elegible la sustitución de generadores térmicos por otros que utilicen combustible de origen fósil.
Serán actuaciones subvencionables todas aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones de iluminación interior de las zonas comunes de los edificios existentes de tipología residencial colectiva de vivienda y de los edificios de cualquier otro uso, entre ellas las que se relacionan a continuación: